Suspensión Festivo Local 30 de abril de 2020, con motivo de la suspensión de la Fiesta del Mayo Manchego
Suspensión del día 30 de abril, como festivo laborable de carácter retribuido y no recuperable, correspondiente al año 2020, en Pedro Muñoz
Sociedad 24 de abril de 2020
El Alcalde-Presidente, con fecha 21 de abril de 2020, ha dictado el decreto nº 347, que se transcribe a continuación:
El Pleno de la Corporación de Pedro Muñoz, en sesión celebrada el día 31 de julio de 2019, aprobó las Fiestas Locales para el año 2020, señalando los días correspondientes al Municipio de Pedro Muñoz, el día 24 de febrero, fiesta ya celebrada a la fecha, y el día 30 de abril, coincidente con la Noche de Ronda de la Fiesta del Mayo Manchego de Pedro Muñoz, Fiesta Declaradas de Interés Turístico Nacional.
Como motivo de la situación del Estado de Alarma, decretado por el Gobierno de la Nación, el pasado día 14 de marzo de 2020, con motivo de la crisis sanitaria que atravesamos, por la pandemia de Coronavirus, COVID-19, el pasado día 26 de marzo de 2020, por Resolución de esta Alcaldía n.o 2020/301, se suspendió la celebración, de nuestra Fiesta del Mayo Manchego.
Atendiendo a las circunstancias excepcionales que vivimos, por la crisis sanitaria por la pandemia, con el confinamiento generalizado de la población como medida de contención, esta Alcaldía Presidencia, en virtud de las atribuciones legalmente conferidas, por la legislación vigente y en concreto el artículo 21.1. m) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, con esta fecha DISPONE:
PRIMERO.- La suspensión del día 30 de abril, como festivo laborable de carácter retribuido y no recuperable, correspondiente al año 2020, en Pedro Muñoz.
SEGUNDO.– Que por el Pleno de la Corporación Local, una vez levantado el Estado de Alarma, se adoptará acuerdo, sobre el día que sustituirá, en este año 2020, al 30 de abril de 2020, como festivo local.
TERCERO.- Que sé de cuenta de la presente Resolución en la primera sesión plenaria que se celebre.
CUARTO.- Que se notifique la presente Resolución, a la Delegación Provincial de Hacienda y Administraciones Públicas, a los efectos oportunos.
El cambio de fecha de la festividad local suspendida, de la que ya ha tomado conocimiento la Delegación Provincial de Hacienda y Administraciones Públicas, se acordará por el Pleno del Ayuntamiento de Pedro Muñoz, órgano competente en la materia, en el momento en que vuelvan a celebrarse sesiones.
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