Convocatoria para los procesos de selección de socorristas y monitores de natación de la Piscina Municipal

Procesos de selección de socorristas y monitores de natación de la Piscina Municipal, para la temporada estival de 2020 en el Ayuntamiento de Herencia

Sociedad 4 de junio de 2020

Por Resolución de Alcaldía han sido aprobadas las bases y la convocatoria, mediante sistema de concurso, por vía de urgencia, para la promoción de las plazas que a continuación se relacionan, para los procesos de selección de socorristas y monitores de natación de la Piscina Municipal, para la temporada estival de 2020 en el Ayuntamiento de Herencia:

-3 plazas de socorristas y creación de bolsa de trabajo.

-Bolsa de monitores/as de natación.

Bases Socorritas

TEMPORADA DE VERANO 2020

Servicio Municipal de Deportes

Ayuntamiento de Herencia

smd@herencia.es

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DE TRES PLAZAS DE SOCORRISTAS PARA LA PISCINA MUNICIPAL A JORNADA COMPLETA

PRIMERA.- Es objeto de esta convocatoria la provisión temporal de tres plazas de Socorristas para la Piscina Municipal, mediante contrato laboral de duración determinada, a jornada completa, (37,5 horas semanales). *El número de plazas podrá ser inferior o superior, en función a las necesidades del servicio.

SEGUNDA.- Los Requisitos de los/as aspirantes serán los siguientes:

a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el articulo 39 de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de CastillaaLa Mancha.

  1. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas, así como no padecer enfermedad o defecto fsico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

  2. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad de jubilación forzosa, salvo que por ley se establezca otra edad máxima para el acceso al empleo público.

  3. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, no hallarse en inhabilitación absoluta, ni hallarse en inhabilitación para el ejercicio de las funciones propias del cuerpo, escala o categoría objeto de la convocatoria mediante sentencia frme o por haber sido despedido disciplinariamente de conformidad con lo previsto en el articulo 96.1.b de Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Le del Estatuto Básico del Empleado Público. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallars inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalent que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

  4. Estar en posesión en el momento de la formalización del contrato de la siguiente titulación: Título d Socorrista Acuático o Técnico Especialista en Salvamento Acuático.

  5. No estar incurso/a en causa de incompatibilidad de las establecidas en la Ley 53/1984, de 26 d diciembre, de Incompatibilidades del personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

TERCERA.- Las instancias solicitando tomar parte en la convocatoria, en las que los aspirantes deberá manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas siempre a la fecha d expiración del plazo señalado para la presentación de instancias, se entregarán en el Registro Genera del Ayuntamiento, en el plazo de 10 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicació en el B.O.P. del anuncio de la convocatoria.

CUARTA.- Con la instancia se acompañarán los siguientes documentos:

    1. Fotocopia Compulsada del DNI o NIF.

    2. Declaración jurada de los méritos alegados, conforme a la base séptima de la convocatoria.

    3. Declaración responsable del/ de la aspirante de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

    4. Fotocopias compulsadas de los méritos alegados.

QUINTA.- Expirado el plazo de presentación de instancias la Alcaldía dictará resolución dentro de los 5 días hábiles siguientes, publicándola en el Tablón de Edictos, y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Herencia, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos indicando la causa de exclusión y concediendo, en su caso, un plazo de 3 días hábiles para subsanar los defectos apreciados, expresándose el lugar y fecha de valoración del concurso y constitución de la Comisión de Valoración, así como la composición de dicho órgano.

SEXTA.- La Comisión de Valoración será designada por la AlcaldíaaPresidencia de acuerdo con las prescripciones contenidas en el Estatuto Básico del Empleado Público.

SÉPTIMA.- El procedimiento de selección para todos los aspirantes será: Concurso de Méritos.

Los baremos a aplicar por la Comisión de Valoración serán los siguientes:

FORMACIÓN Y EXPERIENCIA: De 0 a 8 puntos máximo

Los méritos que no vengan acompañados de la correspondiente documentación compulsada, no serán tenidos en cuenta por la Comisión de Selección. Tampoco se computarán los titulos que haya sido tenidos en cuentas para el acceso.

A.Formación: Máximo 4 puntos.

Por titulación académica distinta a la que se ha tenido en cuenta para la admisión:

  1. Por tener un máster relacionado con el puesto: 1,75 puntos.

  2. Por tener una Licenciatura o Grado relacionada con el puesto: 1,50 puntos.

  3. Por tener una Diplomatura relacionada con el puesto: 1,40 puntos.

  4. Por tener un grado superior relacionado con el puesto: 1,30 puntos.

  5. Entrenador Superior S.O.S.: 1,20 puntos.

  6. Entrenador Auxiliar de S.O.S.: 1,10 puntos.

  7. Entrenador Superior de Natación: 1 punto.

  1. Entrenador Auxiliar de Natación: 0,50 puntos.

  1. Monitor de Salvamento: 1 punto.

  2. Monitor de Aguas interiores, aguas abiertas y Parques acuáticos: 0,25 puntos.

  3. Desfbrilador: 0,5 puntos.

  1. Prevención de riesgos laborales: 0,5 puntos.

    • Los puntos de los apartados 2 y 3 no son acumulables.

    • Los puntos de los apartados 5 y 6 no son acumulables.

    • Los puntos de los apartados 7 y 8 no son acumulables.

Cursos específcos relacionados con las plazas convocadas, se tendrá en cuenta los siguientes baremos.

  • Hasta 20 horas: 0,10 puntos.

  • De 21 a 40 horas: 0,20 puntos.

  • De 41 a 80 horas: 0,30 puntos.

  • De 81 a 150 horas: 0,50 puntos.

  • De 151 a 300 horas: 0,75 puntos.

  • Más de 300 horas: 1 punto.

Los diplomas o certifcados de asistencia deberán haber sido expedidos u homologados expresamente por Centros Docentes dependientes del Ministerio de Educación o la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha u organismo de la Comunidad autónoma concreta, por el SEPECAM, o por una Universidad.

Si el diploma o certifcado no especifcara las horas no se puntuará, en caso de fgurar sol créditos, los ECTS se valorarán teniendo en cuenta la equivalencia de que un crédito es de 25 horas según establece el Sistema Europeo de transferencia de créditos.

Se acreditará con la aportación de certifcación o documento acreditativo expedido por órgan competente.

B-Experiencia: Máximo 4 puntos

  1. Por haber trabajado en el mismo puesto de trabajo en el Excmo. Ayuntamiento de Herencia: 0,2 puntos por mes completo de trabajo.

  2. Por haber trabajado en puesto similar al solicitado en una Administración Pública: 0,10 punto por mes completo de trabajo.

  3. Por haber sido colaborador/a voluntario/a en actividades relacionadas con el puesto a cubrir en el Excmo. Ayuntamiento de Herencia: 0,05 por mes completo de trabajo (debiendo acreditar documentalmente esta situación).

    • Los puntos de los apartados 1 y 2 no son acumulables.

OCTAVA.- La Comisión de Valoración a través de su Presidente/a, podrá disponer que asesores especialistas colaboren en el desarrollo del proceso selectivo, quienes no tendrán derecho a voto.

NOVENA.- La califcación fnal del concurso vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas conforme a los méritos valorables establecidos en la base séptima.

En caso de empate se estimará el desempate atendiendo a este orden: la mejor puntuación obtenida en el apartado de experiencia y mayor titulación. En último lugar se realizará un sorteo entre los/as aspirantes.

DÉCIMA.- El resultado del concurso se hará público en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y en la Sede Electrónica del mismo, debiendo los seleccionados personarse en las dependencias municipales al objeto de formalizar el contrato en el plazo que se indique, debiendo aportar los documentos acreditativos de los méritos alegados, y que no hayan sido aportados con anterioridad, siendo imprescindible la aportación de certifcados expedidos por las Administraciones Públicas u organismos competentes para la valoración de la experiencia. La no aportación de la documentación requerida supondrá la renuncia a tal formalización.

UNDÉCIMA.- El horario de trabajo será a jornada completa, 37,5 horas distribuidas de lunes a domingo. El régimen de descanso semanal se establecerá en función de las necesidades del servicio.

El personal contratado deberá cumplir con rigor las siguientes funciones:

  • Estancia fsica durante la jornada de trabajo.

  • Deberá vigilar en todo momento los vasos de las piscinas municipales.

  • Mantendrá limpia la superfcie del agua de insectos, hojas y de cuantos objetos pudieran caer molestar la libre acción de los usuarios.

  • Atenderá a cuantos bañistas pudieran resultar lesionados dentro del recinto de baño. En el momento de ausencia para esta atención, deberá tomar las medidas necesarias en su vaso de vigilancia, avisando a otro socorrista de su ausencia, o dando las indicaciones oportunas para prohibir el baño duran la atención a la lesión.

  • Prestará auxilio dentro y fuera del agua a cuantos bañistas necesiten de su profesionalidad sin hacer distinción.

  • Llevará control del libro de accidentados, especifcando el grado de lesión, afliación del accidentado y si ha sido preciso su evacuación al centro de salud.

  • Tener informado al responsable de la instalación de cuantas anomalías pudieran producirse en el normal desarrollo de sus funciones.

  • Vigilar el correcto uso de la instalación de deportes de arena.

  • Informar a los bañistas de la obligación de pasar por la ducha antes del baño.

  • Informar a la policía local del mal uso de las instalaciones en cuanto a un acceso inadecuado.

  • Realizar las acampadas, actividades diurnas y especiales de la Escuela de Verano.

  • Conocer, informar y hacer cumplir el reglamente de uso de la piscina municipal.

  • Hacer cumplir las indicaciones sanitarias, en el contexto creado por la pandemia del Covida19.

  • Otras que resulten necesarias directamente relacionadas con el puesto de trabajo.

DUODÉCIMA.- Se creará por el Excmo. Ayuntamiento una bolsa de trabajo para la temporada 2020 con los/as aspirantes que no resulten declarados seleccionados, al objeto de cubrir posibles vacantes que se produzcan, con carácter temporal, en plazas objeto de la convocatoria, por orden riguroso de la puntuación total obtenida, teniendo preferencia en caso de empate, los puntos obtenidos en el apartado de desempleo.

DECIMOTERCERA.- Es requisito imprescindible para proceder a la contratación del aspirante que tenga la licencia en vigor, en el momento de la frma del contrato. Si no la tuviera, se considerará NO APTO para el desempeño de sus funciones.

Todos los anuncios e incidencias de la convocatoria se publicarán exclusivamente en el Tabló de Edictos y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Herencia para conocimiento de lo interesados/as.

Bases Monitores/as de Natación

TEMPORADA VERANO 2020

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE MONITORES/AS DE

NATACIÓN PARA LA PISCINA MUNICIPAL

PRIMERA.- Es objeto de esta convocatoria la constitución temporal de una bolsa de Monitores/as de Natación, mediante contrato laboral con una duración de dos meses a media jornada, 20 horas semanales. *La duración y el cantidad de horas del contrato dependerá de las necesidades del servicio a realizar.

SEGUNDA.- Los requisitos de los/as aspirantes serán los siguientes:

Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el articulo 39 de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de CastillaaLa Mancha.

Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas, así como no padecer enfermedad o defecto fsico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad de jubilación forzosa, salvo que por ley se establezca otra edad máxima para el acceso al empleo público.

No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, no hallarse en inhabilitación absoluta, ni hallarse en inhabilitación para el ejercicio de las funciones propias del cuerpo, escala o categoría objeto de la convocatoria mediante sentencia frme o por haber sido despedido disciplinariamente de conformidad con lo previsto en el articulo 96.1.b de Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Le del Estatuto Básico del Empleado Público. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallars inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalent que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

Estar en posesión en la fecha en que termina el plazo de presentación de solicitudes, de la siguient titulación: Título de Monitor/a de Natación, Profesor/a de Natación, Técnico Superior en Animación d Actividades Físicas y Deportivas, Graduado/a en Magisterio de Educación Física o Licenciatura/Grad en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte.

No estar incurso en causa de incompatibilidad de las establecidas en la Ley 53/1984, de 26 d diciembre, de Incompatibilidades del personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

TERCERA.- Las instancias solicitando tomar parte en la convocatoria, en las que los aspirantes deberá manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas siempre a la fecha d expiración del plazo señalado para la presentación de instancias, se entregarán en el Registro Genera del Ayuntamiento, en el plazo de 10 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicació en el B.O.P. del anuncio de la convocatoria.

CUARTA.- Con la instancia se acompañarán los siguientes documentos:

    1. Fotocopia Compulsada del DNI o NIF.

    2. Declaración jurada de los méritos alegados, conforme a la base séptima de la convocatoria.

    3. Declaración responsable del/ de la aspirante de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

    4. Fotocopias compulsadas de los méritos alegados.

    5. Tarjeta de desempleo en vigor.

QUINTA.- Expirado el plazo de presentación de instancias la Alcaldía dictará resolución dentro de los 5 días hábiles siguientes, publicándola en el Tablón de Edictos, y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Herencia, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos indicando la causa de exclusión y concediendo, en su caso, un plazo de 3 días hábiles para subsanar los defectos apreciados, expresándose el lugar y fecha de valoración del concurso y constitución de la Comisión de Selección, así como la composición de dicho órgano.

SEXTA.- La Comisión de Valoración será designada por la AlcaldíaaPresidencia de acuerdo con las prescripciones contenidas en el Estatuto Básico del Empleado Público.

SÉPTIMA.- El procedimiento de selección para todos los aspirantes será: Concurso de Méritos. Los baremos a aplicar por la Comisión de Valoración serán los siguientes:

FORMACIÓN, EXPERIENCIA, DESEMPLEO Y PROYECTO: De 0 a 10 puntos máximo

Los méritos que no vengan acompañados de la correspondiente documentación compulsada, no serán tenidos en cuenta por la Comisión de Selección. Tampoco se computarán los titulos que haya sido tenidos en cuentas para el acceso.

  1. Formación: Máximo 4 puntos.

Por titulación académica distinta a la que se ha tenido en cuenta para la admisión:

    1. Por tener un máster relacionado con el puesto: 1,75 puntos.

    1. Por tener una Licenciatura o Grado relacionada con el puesto: 1,50 puntos.

    1. Por tener una Diplomatura relacionada con el puesto: 1,40 puntos.

    1. Por tener un grado superior relacionado con el puesto: 1,30 puntos.

    1. Entrenador Superior S.O.S.: 1,20 puntos.

    1. Entrenador Auxiliar de S.O.S.: 1,10 puntos.

    1. Entrenador Superior de Natación: 1 punto.

    1. Entrenador Auxiliar de Natación: 0,50 puntos.

    1. Monitor de Salvamento: 1 punto.

    1. Monitor de Aguas interiores, aguas abiertas y Parques acuáticos: 0,25 puntos.

    1. Desfbrilador: 0,5 puntos.

      • Los puntos de los apartados 2 y 3 no son acumulables.

      • Los puntos de los apartados 5 y 6 no son acumulables.

      • Los puntos de los apartados 7 y 8 no son acumulables.

Cursos específcos relacionados con las plazas convocadas, se tendrá en cuenta los siguientes baremos.

  • Hasta 20 horas: 0,10 puntos.

  • De 21 a 40 horas: 0,20 puntos.

  • De 41 a 80 horas: 0,30 puntos.

  • De 81 a 150 horas: 0,50 puntos.

  • De 151 a 300 horas: 0,75 puntos.

  • Más de 300 horas: 1 punto.

Los diplomas o certifcados de asistencia deberán haber sido expedidos u homologados expresamente por Centros Docentes dependientes del Ministerio de Educación o la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha u organismo de la Comunidad autónoma concreta, por el SEPECAM, o por una Universidad.

Si el diploma o certifcado no especifcara las horas no se puntuará, en caso de fgurar sol créditos, los ECTS se valorarán teniendo en cuenta la equivalencia de que un crédito es de 25 horas según establece el Sistema Europeo de transferencia de créditos.

Se acreditará con la aportación de certifcación o documento acreditativo expedido por órgan competente.

  1. Experiencia: Máximo 4 puntos

  1. Por haber trabajado en el mismo puesto de trabajo en el Excmo. Ayuntamiento de Herencia: 0,2 puntos por mes completo de trabajo.

  2. Por haber trabajado en puesto similar al solicitado en una Administración Pública: 0,10 puntos po mes completo de trabajo.

  3. Por haber sido colaborador/a voluntario/a en actividades relacionadas con el puesto a cubrir de Ayuntamiento de Herencia: 0,05 por mes completo de trabajo (debiendo acredita documentalmente esta situación).

    • Los puntos de los apartados 1 y 2 no son acumulables.

  1. Realización del proyecto de actividades: Máximo 2 puntos. Proyecto de actividades a desarrollar durante los meses de duración dentro de los cursos de natación.

OCTAVA.- La Comisión de Valoración a través de su Presidente/a, podrá disponer que asesores especialistas colaboren en el desarrollo del proceso selectivo, quienes no tendrán derecho a voto.

NOVENA.- La califcación fnal del concurso vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas conforme a los méritos valorables establecidos en la base séptima.

En caso de empate se estimará el desempate atendiendo a este orden: la mejor puntuación obtenida en el apartado de experiencia, mayor titulación y proyecto de actiiidades. En último lugar se realizará un sorteo entre los/as aspirantes.

DÉCIMA.- El resultado del concurso se hará público en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, y en la Sede Electrónica del mismo, debiendo los seleccionados personarse en las dependencias municipales al objeto de formalizar el contrato en el plazo que se indique, debiendo aportar los documentos acreditativos de los méritos alegados, y que no hayan sido aportados con anterioridad, siendo imprescindible la aportación de certifcados expedidos por las Administraciones Públicas u organismos competentes para la valoración de la experiencia. La no aportación de la documentación requerida supondrá la renuncia a tal formalización.

UNDÉCIMA.- El horario de trabajo será a media jornada, 20 horas semanales, durante los meses de julio y agosto. *La duración y el cantidad de horas del contrato dependerá de las necesidades del servicio a realizar.

El personal contratado deberá cumplir con rigor las siguientes funciones:

  • Llevar a cabo las monitorias de natación para matronatación, infantil, adulto y personas con algú tipo de discapacidad durante los meses de julio y agosto (en caso de poder llevar todas a cabo)

  • Llevar a cabo las clases de Aquagym a realizar durante 3 días a la semana en el horario de baño d la Piscina Municipal (en caso de poder llevar a cabo la actividad).

  • Custodiar y recoger el material didáctico de los cursillos.

DUODÉCIMA.- Se creará por el Excmo. Ayuntamiento una bolsa de trabajo para la temporada 202 con los/as aspirantes seleccionados, al objeto de cubrir las vacantes necesarias, con carácte temporal, en plazas objeto de la convocatoria, por orden riguroso de la puntuación total obtenida teniendo preferencia en caso de empate, los puntos obtenidos en el apartado de desempleo.

Todos los anuncios e incidencias de la convocatoria se publicarán exclusivamente en el Tabló de edictos de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Herencia para conocimiento de lo interesados/as.

El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio de convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real. (4 de junio de 2020).

También te puede interesar:

El tiempo

Banner Alcázar Feria de los Sabores 2024

Campaña Dipu CR Agua

Banner Teatro Aficionado 2024 Villacañas

Banner Audi Noviembre 2023

Banner Cristo de la Viga 2024 Villacañas

Banner Junta Día Mundial de la Seguridad y Salud en el trabajo

Banner Villafranca Feria de Abril 2024

Banner Manzanares Vehículo Industrial

Banner Dipu Mayos Pedro Muñoz

Banner Galería Marmurán Dieciséis Pintoras

Aguas de Alcázar

BANNER VINÍCOLA DEL CARMEN

Banner DO La Mancha

Banner ASJ Alcazar da cobijo a corazones

BANNER CRIPTANA Genérico 2022

BANNER ASJ EDUSI 2022

Ir al contenido