En Alcázar de San Juan se podrá solicitar la devolución del 50% del pago de los impuestos y tasas municipales, una vez realizado el pago al completo

Los 151.000 euros que se iban a destinar a la Feria y Fiestas, repercutirán en desempleados a causa de la COVID-19, y autónomos y pymes que se vieron obligados a cesar su actividad durante la crisis sanitaria

Sociedad 9 de junio de 2020

Cuota cero para las terrazas y la mitad de todos los impuestos y tasas que dependen del Ayuntamiento

La alcaldesa de Alcázar de San Juan, Rosa Melchor, ha destacado las medidas fiscales que se han puesto en marcha en el Ayuntamiento enfocadas a los sectores más vulnerables de la población en estos momentos y que suponen el pago del 50% de los impuestos municipales para autónomos y pymes, en su mayoría relacionados con el sector comercial y hostelero; desempleados a causa de la COVID-19, y familias en situación de riesgo.

Estas medidas se aplicarán en los impuestos y tasas de Basura, IBI urbana, e Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica, haciendo extensiva esta situación a los establecimientos hosteleros que además, este año se beneficiarán de la llamada ‘cuota cero’ y por la que “no van a pagar ni un solo centímetro por la ocupación de vía pública para la instalación de las terrazas”, ha subrayado Melchor.

Abono y devolución: No se podrá solicitar en los meses de julio y agosto la devolución de un impuesto que aún no se ha pagado

En cuanto a la solicitud de la subvención del 50% en el pago de tasas e impuestos, Melchor ha incidido en que en primer lugar, se ha de efectuar dicho pago al completo, procediendo a la devolución de la mitad de la cuota del recibo una vez abonado.

El margen de maniobra que tenemos los Ayuntamientos es la subvención, y la Ley de Subvenciones deja claro que, estas y el resto de ayudas que se puedan dar desde la institución municipal, han de ser después de haber hecho frente al pago del impuesto en concreto”, ha indicado, por lo que «no se podrá pagar la mitad del recibo, sino que ha de pagarlo entero y le devolveremos la mitad. Para que eso se produzca, tiene que estar pagado”.

Por esta razón, se procedió a la ampliación de los plazos del pago, por ejemplo, del IBI urbano que este año se deberá abonar entre el 31 de agosto y el 5 de noviembre. “Nadie puede solicitar en los meses de julio y agosto la devolución de un impuesto que aún no ha pagado, lo hemos hecho de tal manera que la gente va a poder, casi de manera automática, pagar hoy el recibo y mañana venir a pedir la devolución”, ha concluido.

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