La Ley contra la ocupación ilegal de viviendas se aprueba en las Cortes regionales e incorpora el desalojo exprés, el endurecimiento de penas y lucha contra las mafias

El consejero de Fomento ha asegurado que “de lo que se trata es de algo que puede ser histórico, y es volver a situar a Castilla-La Mancha en la punta de lanza de la justicia y de los derechos de los ciudadanos. Especialmente de los que peor lo están pasando, de familias trabajadoras que son las verdaderas víctimas de la ocupación ilegal”

Sociedad 18 de diciembre de 2020

La Ley contra la ocupación ilegal de viviendas se aprueba en las Cortes regionales e incorpora el desalojo exprés, el endurecimiento de penas y la lucha contra las mafias.

Se trata de una iniciativa legislativa prevista en la Constitución, que se remite al Gobierno nacional para su tramitación en el Congreso de los Diputados, modificando leyes de ámbito y competencia estatal. Dicha iniciativa busca responder de un modo ágil y eficaz ante las ocupaciones ilegales.

El consejero de Fomento, Nacho Hernando, ha asegurado que “de lo que se trata es de algo que puede ser histórico, y es volver a situar a Castilla-La Mancha en la punta de lanza de la justicia y de los derechos de los ciudadanos. Especialmente de los que peor lo están pasando, de familias trabajadoras que son las verdaderas víctimas de la ocupación ilegal”.

Hernando ha remarcado que se cumple así un compromiso del presidente Emiliano García-Page que anunciaba hace escasos meses una iniciativa que supusiera un “combate decidido, programado y sistematizado” contra la ocupación ilegal de viviendas y las “enormes mafias” que la sustentan. Asimismo, ha lamentado que el PP “haya rechazado una oportunidad de oro y escogido un puente de plata con el que se alejan de esta iniciativa que incorpora el 80 por ciento de sus propias enmiendas”.

El consejero de Fomento ha destacado que desde el primer día “el Gobierno de Emiliano García-Page no ha mirado a otro lado. No lo ha hecho en el caso de las personas que tienen una situación dramática como tener que afrontar un doloroso desahucio, que en términos sociales y de sentido común es tremendamente injusto; ni tampoco lo ha hecho ante la canallada de tener que sufrir no solamente cómo pierdes tu propiedad. Lo que también conseguimos con esta ley es aflorar, es visibilizar a otros grupos de víctimas”.

Ley de Medidas Integrales para la convivencia y contra la ocupación ilegal de viviendas

Entre los cambios que registra esta ley se encuentra el de considerar la usurpación de inmuebles un delito grave proponiendo un endurecimiento de las penas hasta tres años -en caso de uso de la violencia o intimidación- y prisión o multa de hasta doce meses -en caso de ocupación pacífica no consentida-, así como el aumento del tiempo de prescripción del delito de uno a cinco años, ya que el actual plazo de prescripción de un año acarrea en múltiples ocasiones que el delito quede sin castigo, por haber prescrito. Asimismo, se encomienda a los tribunales un plazo de 48 horas para que se desaloje al ocupa ilegal.

La iniciativa legislativa contempla un aumento de los agravantes con sanciones a la utilización de las viviendas ocupadas para la comisión de otro tipos de delitos graves, como puedan ser la explotación laboral y sexual de personas; actos de prostitución y de explotación sexual y corrupción de menores; la elaboración, distribución y venta de sustancias estupefacientes; la ocultación de material robado o su receptación; el uso de fuerza en las cosas; o la reincidencia del autor o autores de la ocupación ilegal. Se penaliza no solo al autor, sino también a los promotores y a los incitadores de una ocupación ilegal.

La ley introduce atenuantes como la conmutación de la pena a trabajos en beneficios de la comunidad si la o las personas ocupantes abandonan el inmueble en los tres primeros días.

Además, con este proyecto legislativo se fortalecen el catálogo de diligencias y medidas cautelares que permita a los tribunales disponer el desalojo inmediato y la recuperación provisional del bien ilícitamente usurpado, en tanto en cuanto se continua la investigación judicial para calificar jurídicamente los hechos y pretende residenciar el delito en el ámbito del juicio rápido por la vía penal, en vez de en el ámbito de juicio con jurado.

De igual manera, recoge el fortalecimiento tanto del papel de los ayuntamientos como de comunidades de vecinos para hacer frente a la ocupación ilegal y propone que ambos queden legitimados para poder denunciar ocupaciones.

Asimismo, se propone modificar las reglas del padrón municipal para impedir la inscripción de los ocupas, de tal manera que empadronarse pasa a ser una obligación del ciudadano y no de la Administración y la o las personas ocupantes ya no podrán utilizar el empadronamiento como cobertura para su actividad ilícita, considerándose su empadronamiento nulo. En todo caso, las Administraciones públicas podrán desarrollar la normativa necesaria para conceder prestaciones sociales básicas como la escolarización o la asistencia sanitaria a quienes no se encuentren empadronados.

La ley además recoge que se faculta al Gobierno de España a promover un fondo social de viviendas estable.

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