Ayudas al Sector Turístico de Castilla-La Mancha por el Covid19

La Consejería de Economía, Empresas y Empleo, ha publicado las bases de ayuda para el apoyo a la modernización, innovación e incremento de la competitividad del sector turístico de Castilla-La Mancha como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19

Cultura 6 de noviembre de 2020

Objeto:

La finalidad de este programa consiste en apoyar la mejora del sector turístico para favorecer el desarrollo de una oferta turística de calidad más competitiva y segura orientada a la clientela y al mercado, con el fin de adaptarse a la nueva realidad post COVID-19.

Destinatarios:

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas autónomas o empresas turísticas que presten los siguientes servicios o actividades:

a) Hoteles, apartahoteles, hostales y pensiones.

b) Albergues turísticos.

c) Campings.

d) Restaurantes, bares y cafeterías.

e) Turismo activo y ecoturismo.

f) Agencias de viajes.

g) Guías de turismo.

h) Alojamientos rurales.

Asimismo, podrán acceder a la condición de beneficiarios las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, presten los servicios y actividades relacionados en este apartado y realicen alguna actuación subvencionable conforme a esta orden.

Requisitos:

Los beneficiarios deberán cumplir los siguientes requisitos:

Ejercer su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Tener la condición de pyme o persona trabajadora autónoma.

Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones, de sus obligaciones tributarias, tanto con la Administración estatal como con la regional, y frente a la Seguridad Social.

En caso de beneficiarios sujetos a la normativa de prevención de riesgos laborales, deben disponer de un plan de prevención de riesgos laborales.

No haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por la comisión de infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales en el año anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

+ iNFO

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