El Gobierno de Castilla-La Mancha aumenta hasta un 70% las ayudas destinadas a la mejora y competitividad del comercio minorista

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) publica hoy las bases reguladoras de las ayudas destinadas a impulsar la modernización, mejora y promoción del comercio minorista en Castilla-La Mancha. Esta orden recoge importantes novedades como la simplificación de los trámites y un aumento de las actuaciones subvencionables.

De esta forma, se incrementa el porcentaje de ayudas hasta un 70 por ciento y sustituye a la anterior 57/2017, de 9 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a promover y mejorar la competitividad del comercio minorista en Castilla-La Mancha, cofinanciadas en un 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional. 

Se reemplazan también los cuatro programas que se recogían en la anterior por dos líneas de ayuda. La primera, una línea para la modernización y mejora del comercio minorista y, la segunda, para la promoción del mismo.

La primera tiene por objeto la incorporación de nuevas tecnologías al comercio minorista, destinadas a la mejora de la gestión empresarial, el fomento de la presencia en internet y apoyar al comerciante en la mejora de su imagen comercial, de manera que les produzcan un salto cualitativo y mejoren su competitividad.

La segunda de las líneas, la de la promoción del comercio minorista pretende incentivar a las asociaciones de comerciantes para coordinar las diversas actividades conjuntas de los establecimientos comerciales minoristas, con la finalidad de que éstos ofrezcan a los ciudadanos una oferta comercial continuada, plural, especializada y competitiva.

Son susceptibles de subvención las obras de renovación, ampliación o acondicionamiento del establecimiento comercial; las inversiones en iluminación, decoración, pintura, escaparates, fachadas, o la eliminación de barreras arquitectónicas para facilitar el acceso de personas con movilidad reducida y las obras imprescindibles para estas actuaciones».

También forman parte de estas ayudas la adquisición del equipamiento comercial específico y los bienes muebles especializados necesarios para el ejercicio de la venta, así como aquellos necesarios para el ahorro energético y para garantizar la seguridad de los establecimientos.

La cuantía de la subvención no podrá superar el 70% del gasto que se considere subvencionable. En la anterior orden de ayudas, el porcentaje variaba entre el 40% y el 70% en función del programa. Además, cabe destacar que el importe total de inversión subvencionable no podrá superior a 5.000 euros.