El Gobierno prolonga hasta el 30 de septiembre los beneficios de los ERTES y las ayudas a trabajadores autónomos

El Ejecutivo considera que estas medidas deben mantenerse para evitar la destrucción de empleo y recuperar la actividad productiva tras el COVID-19. Además, se crean nuevas ayudas específicas para los autónomos de temporada y para las empresas que, en caso de rebrote, tengan que cerrar algún centro de trabajo.

Economía 29 de junio de 2020

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley de medidas sociales de reactivación del empleo y de protección del trabajo autónomo, que prorroga hasta el 30 de septiembre los beneficios y exoneraciones de los Expedientes de Regulación de Empleo Temporal (ERTES) y las ayudas al colectivo de trabajadores por cuenta propia, establecidos a causa de la crisis sanitaria y económica causada por el COVID-19.

La norma plasma, por un lado, el II Acuerdo Social en Defensa del Empleo suscrito ayer por el Gobierno y las organizaciones empresariales y sindicales, y por otro, el acuerdo alcanzado con las principales asociaciones de trabajadores autónomos. La ministra de Hacienda y portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, ha agradecido a los agentes sociales la voluntad mostrada para conjugar intereses y obtener resultados beneficiosos para el interés general y el conjunto de la sociedad: «El camino de la unión, el diálogo y el acuerdo es lo que demanda la ciudadanía», ha dicho.

Montero ha apuntado que el diálogo social debe ser también la base para alcanzar «un gran pacto por el empleo que siente las bases de un mercado laboral dinámico, moderno y estable«.

ERTES eficaces

La portavoz ha definido a los ERTEs como un mecanismo «eficaz» para evitar la salida directa de los trabajadores del mercado laboral -especialmente las personas más jóvenes o con contratos temporales o precarios- e incentivar la recuperación de la actividad de las empresas y, por tanto, del empleo. De ahí, ha resaltado, que el beneficio de las exoneraciones sea mayor si las empresas reincorporan a sus empleados que si los mantienen suspendidos de empleo.

Las empresas que se encuentran en una situación de ERTE por fuerza mayor parcial se podrán beneficiar de las exoneraciones vigentes hasta el 30 septiembre. Las que tengan menos de 50 trabajadores disfrutarán de una exoneración del 60% de las cotizaciones sociales de aquellos que se reincorporen en los meses de julio, agosto y septiembre, y del 35% para los trabajadores que sigan con su empleo suspendido. En el caso de empresas con más de 50 trabajadores estas exoneraciones serán del 40% para los que se activen y del 25% para los que permanezcan en suspenso.

Para las empresas que se encuentran en ERTE total se establece un periodo transitorio durante el cual se beneficiarán de exoneraciones decrecientes. Las de menos de 50 trabajadores, obtendrán una bonificación en las cotizaciones del 70% en julio, 60% en agosto y 35% en septiembre. A partir de 50 empleados, este porcentaje de bonificación será del 50%, 40% y 25% respectivamente.

La ministra ha destacado, como novedad, que, en caso de que se produzcan rebrotes de COVID-19, las empresas podrían recurrir a un nuevo ERTE de fuerza mayor, con exoneraciones en torno al 80% para empresas de menos de 50 trabajadores y del 60% para las de mayor plantilla.

Las empresas que se acojan a cualquiera de estas exoneraciones deben seguir manteniendo el empleo durante un periodo de seis meses, por lo que no podrán efectuar despidos

Por lo que no podrán efectuar despidos. Continuarán sin poder beneficiarse de esta regulación las empresas radicadas en paraísos fiscales.

Por su parte, los trabajadores afectados por un ERTE derivado del COVID-19 no tienen que acreditar un periodo mínimo de cotización para acceder a esta prestación, ni se les computa el tiempo que han permanecido en esta situación a efectos de la cotización para el desempleo.

Extensión y ampliación de las ayudas a los autónomos

La portavoz del Gobierno ha afirmado que proteger al colectivo de trabajadores autónomos es «prioritario», por lo se han prorrogado hasta el 30 de septiembre las medidas establecidas en marzo pasado para los afectados por el cese actividad o la caída de su facturación.

El acuerdo alcanzado con las asociaciones ATA, UPTA y UATAE recoge que los trabajadores por cuenta propia que estaban cobrando la prestación extraordinaria, que incluía una ayuda económica equivalente al 70% de la base reguladora y una exención de las cotizaciones, no pagarán la cuota de julio y tendrán una exención del 50% en agosto y del 25% en septiembre.

Asimismo, aquellos que acrediten una caída del facturación del 75% en este tercer trimestre respecto al mismo periodo del año anterior, podrán solicitar la prestación ordinaria por cese de actividad.

Montero ha subrayado la aprobación de una nueva prestación extraordinaria para los autónomos de temporada -«tradicionalmente olvidados»- de hasta el 70% de la base mínima de cotización. Esta ayuda se empezará a devengar en junio y tendrá una duración máxima de 4 meses.

Ingreso Mínimo Vital

La portavoz ha subrayado que la Seguridad Social abona el primer pago del Ingreso Mínimo Vital a más de 74.000 hogares de toda España, unas 250.000 personas que venían recibiendo la prestación por hijo a cargo sin discapacidad o con discapacidad menor del 33% y que cumplen los requisitos establecidos en la ley para poder recibir esta nueva prestación.

Montero ha insistido en que el Ingreso Mínimo Vital contribuirá a hacer políticas sociales justas para conseguir una España cohesionada y próspera.

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